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Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Probablemente cada mañana, al despertarnos, a través de algún medio de comunicación, nos asaltan noticias relacionadas con la pobreza, la violencia, la inmigración, la injusticia, la insolidaridad…, reseñas que, por un momento, nos hacen pensar en los otros, en los derechos de los otros; desgraciadamente, la mayoría de las veces las dejamos “pasar como un suspiro”, evitando así que calen en nosotros mismos y se conviertan en algo molesto que ataque nuestras seguridades, nuestros proyectos, en definitiva, nuestro bienestar.

Con este nuevo número iniciamos, en este apartado de Sensibilización, el análisis de uno de los temas más inquietantes a nivel internacional “Los Derechos Humanos”: Declaración Universal de los Derechos Humanos, Situación de los Derechos Humanos en general y en Perú en particular, La Defensa de los Derechos Humanos, El papel de la Comunidad Internacional y El papel de las Organizaciones No Gubernamentales.

La expresión de "Derechos Humanos" es de origen reciente. Su fórmula, de inspiración francesa, "derechos del hombre", se remonta a las últimas décadas del siglo XVIII. Pero la idea de una ley o legislador que define y protege los derechos de los hombres es muy antigua.

Comenzaremos haciendo una breve revisión acerca de qué son los Derechos Humanos. Cuando hablamos de la palabra “derecho”, hacemos hincapié en un poder o facultad de actuar, un permiso para exigir una conducta de otro sujeto. Son llamados humanos porque son del hombre, de la persona humana, de cada uno de nosotros.

Los Derechos Humanos son universales porque pertenecen a todas las personas, sin importar su sexo, edad, posición social, partido político, creencia religiosa, origen familiar o condición económica; son incondicionales porque únicamente están supeditados a los procedimientos que determinan los límites de los propios derechos, es decir, hasta donde comienzan los derechos de los demás o los justos intereses de la comunidad; y son inalienables porque no pueden perderse ni transferirse por la propia voluntad; son inherentes a la idea de dignidad del hombre.

Para comprender el significado actual de los Derechos Humanos proclamados en los distintos textos internacionales, es preciso sintonizar las distintas etapas históricas en las que dichos derechos y libertades ocuparon algún lugar.

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (1791) constituye el paso más importante de cara a la definición y a la lucha por unos derechos.

Condiciones distintas de vida forzaron la aparición de derechos como el de asociación sindical, sufragio universal, asistencia social, educación gratuita, el derecho a la preservación del medio ambiente, al desarrollo económico de todos los pueblos, derecho a la paz, de los recursos naturales, del patrimonio cultural y artístico, etc.

Todos los pasos dados desde el punto de vista histórico tuvieron su consagración universal de forma teórica el 10 de diciembre de 1948, cuando las Naciones Unidas adoptaron y proclamaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en cuyo Preámbulo considera:

“que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana, que el desconocimiento y el menosprecio de los Derechos Humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad; y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias” .

Asimismo, señala que la citada Declaración “es el ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción”.

El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) se creó en 1993, con el objetivo de dirigir el movimiento internacional de Derechos Humanos desempeñando la función de autoridad moral y portavoz de las víctimas, promoviendo y protegiendo los Derechos Humanos internacionalmente reconocidos, ya sean derechos civiles, culturales, económicos, políticos o sociales. Con frecuencia, hace declaraciones y llamamientos públicos cuando se desatan crisis de Derechos Humanos y viaja constantemente para asegurar que el mensaje de Derechos Humanos sea oído en todas partes del mundo. De la misma forma, estimula el diálogo y fomenta la cooperación con los gobiernos para reforzar la protección de los Derechos Humanos en el ámbito nacional.

La intención del Alto Comisionado es trabajar con una amplia gama de actores, incluidas las organizaciones no gubernamentales, instituciones académicas y el sector privado, para conseguir el mayor compromiso posible en relación con los Derechos Humanos. Igualmente, promueve la educación en materia de Derechos Humanos e intenta estimular la prevención, así como la asunción de nuevos retos en temas tales como el tráfico de personas, el VIH/SIDA, la biotecnología y los efectos de la mundialización.

Lamentablemente, esos acuerdos no garantizan la efectividad, el disfrute de los Derechos Humanos por parte de todos los hombres y mujeres del mundo. Por ello, es inaceptable mantenerse neutrales sin tomar partido a favor de las exigencias de igualdad, solidaridad y libertad.

“Cada uno de nosotros, tenemos un papel que desempeñar en la construcción de un mundo en el que se respeten y se disfruten plenamente los Derechos Humanos de todas las personas en condiciones de paz mundial”.

Teresa Oliver